Colegio de Abogados de Córdoba
La inscripción en el Colegio de Abogados de Córdoba habilita el ejercicio profesional en toda la Provincia conforme Ley 5805
Artículo 1 - Para ejercer la profesión de abogado en la Provincia, se requiere:
1) Poseer título habilitante expedido por Universidad Argentina o Universidad extranjera, cuando las leyes nacionales le otorguen validez.
2) Estar inscripto en la matrícula de uno de los Colegios de Abogados creados o a crearse en virtud de esta Ley.