Colegio de Abogados de Córdoba

Inscripción en la Matrí­cula

La inscripción en el Colegio de Abogados de Córdoba habilita el ejercicio profesional en toda la Provincia conforme Ley 5805

Artículo 1 - Para ejercer la profesión de abogado en la Provincia, se requiere:

1) Poseer título habilitante expedido por Universidad Argentina o Universidad extranjera, cuando las leyes nacionales le otorguen validez. 

2) Estar inscripto en la matrícula de uno de los Colegios de Abogados creados o a crearse en virtud de esta Ley.

 

 

Matrícula Permanente

Matrícula en Suspenso (art. 46 Ley 5805)

Matrí­cula Transitoria (art. 12 Ley 5805)